Publicado: Vie Nov 03, 2006 3:46 pm
por jacbass1
Cabo Steniner, redondo, y solamente complementar tu informacion:
En 1907, en el IV Convenio de la Haya se define la categoría de los combatientes que tienen, en caso de captura, derecho al estatuto de prisionero de guerra y que se beneficia de un trato particular mientras dure su cautiverio.

Tambien vale la pena echar un ojo a esta pagina

http://personal2.iddeo.es/alcazaba/dih/dih.htm

En ella se puede ver un compendio de tratados y normas que se han tomado sobre el Derecho Internacional Humanitario.

Seguimos en el frente...